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La pasada semana, el Ejecutivo anunció el reparto de 200 millones de euros para ampliar el presupuesto destinado al Bono Alquiler Joven. Mediante esta iniciativa del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, reactiva para los próximos dos años una herramienta nacida 2022, regulado por el Real Decreto 903/2022.

El propósito de la ayuda es adelantar la emancipación de los jóvenes con escasos medios económicos, a través del disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso.

El programa de ayudas de ayudas cuenta con tres líneas de actuación:

  • Facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes en todo el territorio nacional.
  • Cubrir el seguro de impago, a través de un plan estatal para el acceso a la vivienda.
  • Ampliar la oferta de vivienda a precios asequibles.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en tramitación y gestión de ayudas y subvenciones, analizamos con detalle quiénes pueden solicitar estas ayudas y qué requisitos deben reunir.

Quiénes pueden acceder a las ayudas del Bono Alquiler Joven

El Real Decreto 903/2022, de 25 de octubre que contempla las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Bono de Alquiler Joven, establece que podrán acceder a estas ayudas personas jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 35 años.
  • Poder acreditar rentas de trabajo.
  • Ser residente en España.
  • No ser propietario o usufructuario de alguna vivienda en España.
  • Ingresos anuales tres veces menores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

Los requisitos pueden verse alterados en función de las condiciones establecidas por cada comunidad o ciudad autónoma.

Límites y compatibilidad de las ayudas del Bono Alquiler Joven

Para poder acceder a este programa de ayudas será necesario que la renta de la vivienda no supere los 600 euros anuales, y los 300 euros cuando se trate del alquiler de habitación.

Estos límites ascienden hasta los 900 y 450 euros anuales en aquellas zonas donde los costes de la vivienda son más elevados.

Además, los importes para sufragar plazas de garaje, trasteros o similares no son subvencionables.

Por otro lado, es posible combinar esta ayuda con otras subvenciones dirigidas a personas en situación de especial vulnerabilidad y que persiguen el mismo fin. Además, es compatible con prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y con el Ingreso Mínimo Vital.

No se podrá superar el 40% de la diferencia entre el alquiler de la vivienda y la ayuda del Bono Alquiler Joven, con el límite conjunto del 75% de la renta del alquiler.

Importe de las ayudas del Bono Alquiler Joven

La cuantía de las ayudas será de 6.000 euros distribuidos en  250 euros al mes durante dos años.

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para solicitar esta ayuda será el establecido por las distintas comunidades o ciudades autónomas.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.