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La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura ha aprobado un nuevo programa de ayudas para la realización de inversiones en modernización dirigido a trabajadores autónomos y micropymes ubicadas en la región de Extremadura. Así viene establecido en el Decreto 79/2024 de 23 de julio que desarrolla las bases y requisitos de este programa de ayudas.

El objetivo de este programa de ayudas no es otro que apoyar inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las actividades desarrolladas por trabajadores autónomos y micropymes de Extremadura.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en tramitación y gestión de ayudas y subvenciones, analizamos con detalle quiénes pueden solicitar estas ayudas y qué requisitos deben reunir.

Quiénes pueden acceder a las ayudas para la modernización de autónomos y micropymes

El Decreto 79/2024, de 23 de julio que contempla las bases reguladoras para la primera convocatoria de este programa de ayudas establece que podrán acceder a estas ayudas trabajadores autónomos y micropymes que cuenten con una plantilla media que no supere los 3 trabajadores.

Estos trabajadores autónomos y micropymes pueden desarrollar cualquiera actividad económica excepto las actividades de comercio minorista y de artesanía. Tampoco está dirigida a los sectores de acuicultura, pesca o la producción primaria de productos agrícolas. Igualmente están excluidas las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas, actividades financieras y la fabricación, transformación y comercialización de tabaco o de productos para la industria tabaquera.

¿Qué actuaciones serán objeto de ayuda?

Para que las actuaciones sean subvencionables por este programa de ayudas, debe tratarse de una adquisición maquinaria y herramientas que cumplan algunos de los siguientes requisitos:

  • Dirigidas a la producción y transformación del producto manufacturado.
  • Que estén orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos.
  • Que mejoren la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos.
  • Que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.

Además, se subvencionan los gastos de transporte, instalación, montaje y formación relativos a las inversiones proyectadas (siempre que no superen el 20% del coste total del proyecto).

Destacar que NO se subvencionarán equipos informáticos de carácter básico, tales como ordenadores, portátiles, servidores, impresoras o similares; maquinaria o equipos de reposición o mera sustitución de equipos obsoletos; maquinaria y equipamiento de segundo uso ni de cuantía inferior a 1.000 euros.

El importe mínimo de la inversión proyectada debe ser de 1.000 euros y la inversión máxima no podrá ser superior a 25.000 euros.

Cuantía de las ayudas para la modernización de autónomos y micropymes

La cuantía de las ayudas será del 40% a fondo perdido de la inversión subvencionable, porcentaje que se incrementará en los casos siguientes:

  • Se añaden 5 puntos si la actividad principal corresponde a la industria transformadora, sección C de la clasificación CNAE.
  • Se añaden 5 puntos si el centro de trabajo está ubicado en un municipio de menos de 5.000 habitantes.

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para solicitar esta ayuda es del 23 de agosto al 7 de octubre ambos inclusive.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.